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Los delitos sexuales (agresión sexual, abuso sexual y acoso sexual) vienen regulados en los artículos 178 y siguientes del código penal.
¿Qué es el delito de agresión sexual?
Comete un delito de agresión sexual el que, con violencia o intimidación, atenta contra la libertad sexual de otra persona. La pena para este tipo de delitos es de prisión; de 1 a 5 años.
¿La violación es un tipo de agresión sexual?
Sí. La violación es un tipo agravado del delito de agresión sexual. Para que una agresión sexual se considere como violación ha de existir un acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal.
En estos casos la pena sería de prisión; de 6 a 12 años.
¿Qué es el delito de abuso sexual?
Según el código penal, comete delito de abuso sexual el que, sin violencia o intimidación, realice actos que atenten contra la libertad sexual de otra persona.
La pena para este tipo de delitos es de prisión (de 1 a tres años) o multa (de 18 a 24 meses).
¿Cuál es la diferencia entre la agresión sexual y el abuso sexual?
La diferencia principal entre estos delitos es el uso de violencia o intimidación. Siempre que exista violencia o intimidación el delito será de agresión sexual y no de abuso sexual.
¿Qué es el acoso sexual?
El delito de acoso sexual lo comete aquel que solicite favores de naturaleza sexual (para él mismo o o para un tercero), siempre y cuanto lo haga en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios y que provoque a la víctima una situación intimidatoria, hostil o humillante.
La pena para este tipo de delitos es de prisión (de 3 a 5 meses) o multa (de 6 a 10 meses).
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