Los delitos de urbanismo y medio ambiente vienen regulados en los artículos 319 y siguientes del código penal.
Índice de Contenidos
¿Qué es el delito de urbanismo?
Cometen este delito los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en zonas de suelo destinadas a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o de especial protección.
¿Qué pena se le impone al que comete un delito de urbanismo?
La pena es de prisión (1 año y 6 meses a 4 años) más multa (12 a 24 meses) e inhabilitación especial para profesión de 1 a 4 años.
Además, cuando el beneficio de lo obtenido fuese superior a la cantidad resultante, la multa será del tanto al triplo del montante del dicho beneficio.
En estos casos, los jueces podrán ordenar la demolición de la obra a cargo del autor del hecho.
¿Qué es el delito de medio ambiente?
Comete este delito el que, contraviniendo las leyes o normativa de medio ambiente, realice emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones, excavaciones, vibraciones o depósitos en la atmósfera, el suelo, subsuelo o aguas.
¿Qué pena se impone al que comete un delito contra el medio ambiente?
La pena es de prisión (6 meses a 2 años), multa (10 a 14 meses) e inhabilitación especial para profesión por tiempo de 1 a 2 años.
Laterna Abogados; abogados especialistas en derecho penal. Estamos en A Coruña, Lugo, Santiago de Compostela y Vigo.