La sentencia del TJUE de 12/12/2019 consideró discriminatorio el no permitir que los hombres se pudieran beneficiar del complemento de maternidad/paternidad en sus pensiones contributivas: discriminación directa por razón de sexo.
Si eres funcionario de clases pasivas y cumples los requisitos puedes solicitar el complemento de maternidad/paternidad.
Índice de Contenidos
¿Cuáles son los requisitos que se exigen?
- Tener reconocida una pensión contributiva (incapacidad, jubilación o viudedad) entre enero del 2016 y febrero del 2021.
- Haber tenido dos o más hijos antes del reconocimiento de dicha pensión.
¿A cuánto asciende el complemento por maternidad/paternidad?
- En caso de haber tenido dos hijos: 5%
- En caso de haber tenido tres hijos: 10%
- En caso de haber tenido 4 o más hijos: 15%
¿Hay límite por pensión máxima?
El complemento no está limitado por el máximo de las pensiones, pero no se aplica a jubilaciones voluntarias.
¿Tengo derecho a que me abonen los atrasos?
Todavía hay discusión en este punto, pero es cierto que la mayoría de las sentencias reconocen el derecho al complemento desde la fecha del reconocimiento de la pensión, por tanto, en la mayoría de los casos las cuantías a reclamar son importantes.
¿Cómo es el procedimiento para reclamar el complemento de paternidad/maternidad?
- Presentar una reclamación ante la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, perteneciente a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
- Si dicha solicitud viene denegada habría que interponer recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante el mismo organismo.
- En caso de que el recurso de reposición viniera denegado habría que acudir a la vía judicial e interponer la demanda en plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Si deseas reclamar no dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho de abogados en Santiago, o también nuestro despacho de abogados en A Coruña. Llama o escribe desde cualquier punto para ofrecerte una solución lo antes posible a tu caso.