Reclamar acciones del banco popular

¿Tenías ACCIONES EN BANCO POPULAR?
¡Recuperar tu dinero es posible!
Si compraste acciones del Banco Popular en la ampliación de 26/05/2016 o con posterioridad pero antes del 3 de abril de 2017, no esperes más, RECUPERAR TU DINERO ES POSIBLE. ¡En Laterna Abogados te ayudamos a reclamar acciones del Banco Popular!

Asimismo, si eras titular de Participaciones Preferentes, Deuda Subordinada y/o Bonos, antes de que se convirtiera en acciones y has perdido todo tu dinero, no esperes más y RECLAMA.

Déjanos tus datos, nosotros TE LLAMAMOS y si tienes dudas, consulta nuestro apartado de PREGUNTAS FRECUENTES.

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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE RECLAMAR ACCIONES DEL BANCO POPULAR

Listado de PREGUNTAS FRECUENTES en relación a las posibles acciones judiciales que pueden llevar a cabo los antiguos tenedores de ACCIONES del BANCO POPULAR.

Yo era accionista del Banco Popular, ¿puedo reclamar?

Si eras accionista del Banco Popular, la posibilidad de reclamar con garantías dependerá del momento de adquisición de las acciones:

  • Si adquirió acciones en la ampliación de capital de 2016: puede reclamar.

La información suministrada por el Banco para llevar a cabo la ampliación de capital en 2016, con total probabilidad, no era correcta.

Esta situación, que tiene un cierto paralelismo con la salida a Bolsa de otra entidad como Bankia, implica que cualquier persona que acudió a la ampliación de capital, haberla conocido desde un primer momento, a buen seguro, no hubiera adquirido las acciones.

En este escenario, la reclamación tiene claras opciones de éxito.

  • Si adquirió acciones después de la ampliación de capital pero después de la comunicación del Hecho Relevante de 3 de abril de 2017.

En este caso la demanda es viable, si bien, con más riesgo que en el caso de haber adquirido las acciones en la ampliación de capital.

  • Si adquirió un producto híbrido que después se convirtió en acciones

Se puede presentar demanda por los daños y perjuicios que le ha ocasionado la entidad por el incumplimiento de la entidad de sus obligaciones de información.

  • Si adquirió acciones del Banco Popular antes de la ampliación de capital de 2016

Een un planteamiento conservador, por el momento es mejor esperar a obtener más información y, en concreto, analizar la jurisprudencia que vaya poco a poco surgiendo.

Otras preguntas que nos suelen plantear, en la mayor parte de los casos, una vez que se ha decidido a presentar demanda por los accionistas:

¿Reclamación civil o penal?

Aunque existe la posibilidad de presentar una reclamación penal, lo cierto es que la jurisdicción civil es la manera más rápida y efectiva de recuperar la inversión.

¿Contra quien se presentaría la demanda?

Hasta que el Banco Santander no defina la figura jurídica de integración tras la adquisición del Popular, la demanda se presenta contra el emisor y comercializador del producto, es decir, el Banco Popular.

¿Qué puedo conseguir con la reclamación?

Si la reclamación por nulidad prospera, se puede recuperar el dinero invertido con el interés legal correspondiente.

En caso que la petición estimada sea la indemnización por daños y perjuicios, el juez podría modular la cantidad a recuperar según los factores que estime que han incidido en la pérdida de valor de las acciones.

He vendido las acciones del Banco Popular, ¿puedo reclamar?

Sí, puede reclamar. En este caso se interpondría una reclamación judicial solicitando la devolución de la diferencia entre lo invertido y el precio recibido por la venta de las acciones del Banco Popular.

¿Qué plazo tengo para reclamar por las acciones del Banco Popular?

Tomando el plazo más restrictivo, la demanda se tendría que presentar antes de junio de 2020, ya que es cuando se cumplen tres años desde que el accionista pudo tener conocimiento de que la información que le suministraron en su día en el folleto de la ampliación de capital de 2016 no reflejaba la “imagen fiel” del Banco Popular.

¿Cuánto tarda la reclamación?

El plazo varía según la cantidad invertida.

Si la inversión es superior a 6000€, el plazo medio hasta obtener la sentencia de primera instancia es de unos nueve meses.

Si la cantidad es inferior a 6000€, el procedimiento es más sencillo y, por lo tanto, el plazo se suele reducir.

¿Dónde se presenta la demanda?

La demanda se presenta en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente al domicilio del cliente minorista.

¿Qué probabilidades de éxito hay?

Las probabilidades de éxito son altas, considerando que el propio Banco Popular reconoció en abril de 2017 que existían discrepancias con las cuentas publicadas en mayo de 2016 para la ampliación.

Tomando como ejemplo y paralelismo el “caso Bankia”, el Tribunal Supremo falló a favor de los inversores por entender que las cuentas de la entidad no “reflejaban su imagen fiel”, es decir, que la supuesta solvencia del Banco no era real.

¿Cuál es el peor escenario si perdemos?

El peor escenario es que la demanda sea desestimada y que el cliente sea condenado al pago de las costas de la parte contraria, si bien, desde LATERNA ABOGADOS seguimos una estrategia judicial que minimiza la posibilidad de que se produzca dicho escenario para los accionistas.

¿Qué documentos necesito para presentar la demanda?

  • – Poder general para pleitos
  • – Orden de compra
  • – Contrato de depósito y administración de valores
  • – Resumen del folleto informativo
  • – Tríptico informativo
  • – Resumen histórico de operaciones
  • – Extracto de liquidación de compra

Si después de leer este artículo continúas con dudas sobre si presentar demanda por la adquisición de ACCIONES del BANCO POPULAR, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te aclararemos todas tus dudas.

Asimismo, si eras titular de Participaciones Preferentes, Deuda Subordinada y/o Bonos, antes de que se convirtiera en acciones y has perdido todo tu dinero, no esperes más y RECLAMA.

Déjanos tus datos, nosotros TE LLAMAMOS y si tienes dudas, consulta nuestro apartado de PREGUNTAS FRECUENTES.

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