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¿Qué es un delito por amenazas y coacciones?
Según dispone el código penal (artículo 169 y siguientes), comete el delito de amenazas el que amenace a otro con causarle a él, a su familiar o a personas de su entorno un mal que constituya delito de homicidio, lesiones, aborto, tortura…
El delito de coacciones viene regulado en los artículos 172 y siguientes del código penal. Comete este delito el que impide a otro, con violencia, hacer lo que la ley no prohibe o le obliga a hacer lo que el otro no quiere.
¿Qué penas pueden imponerse a la persona que comete un delito de amenazas?
La pena puede ser de prisión; de 1 a 5 años si la amenaza se hace exigiendo una cantidad o imponiendo una condición. En caso contrario, la pena sería de 6 meses a 2 años de prisión.
¿Si la amenaza se hace con un mal que no constituya delito también está penada?
Sí. En los casos que la amenaza sea condicional, atendiendo a la gravedad y circunstancias del hecho. Las penas pueden oscilar entre la prisión de 3 meses a 1 año, o multa de 6 a 24 meses.
¿Qué penas pueden imponerse a la persona que comete un delito de coacciones?
La pena para este delito puede ser de prisión; de 6 meses a 3 años, o multa de 12 a 24 meses.
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