El delito de sustracción de menores viene regulado en los artículos 225 bis y siguientes del código penal.
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¿Qué es el delito de sustracción de menores?
Comete un delito de sustracción de menores aquel progenitor que, sin causa justificada, sustrajera a su hijo menor.
Se considera sustracción:
- El traslado de un menor de su lugar de residencia sin el consentimiento del progenitor con quien convive habitualmente o de la persona a la cual estuviese confiada su guarda y custodia.
- La retención de un menor incumpliendo el deber establecido por resolución judicial o administrativa.
¿Qué pena se le impone a la persona que cometa un delito de sustracción de menores?
La pena es de prisión (de 2 a 4 años) e inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad (de 4 a 10 años).
¿Qué ocurre si el que comete el delito traslada al menor fuera de España?
En estos casos se le impondrá la pena en su mitad superior. También se impondrá la pena en su mitad superior si exige alguna condición para entregar al menor.
¿Qué ocurre si la sustracción la cometen los abuelos del menor?
Según el código penal, se aplican las mismas penas cuando la sustracción la cometieran los ascendientes del menor o los parientes del progenitor hasta el segundo grado de consanguinidad.
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