¿Eres autónomo societario? Entonces debes saber que tienes derecho a reclamar las cuotas de la tarifa plana no bonificadas, y aquí te respondemos a algunas preguntas para que te ayuden a reclamar la tarifa plana de autónomos societarios, y si buscas abogados para ayudarte con los trámites puedes ponerte en contacto.
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¿Qué es un autónomo societario?
Un autónomo societario es aquel trabajador que ha constituido una sociedad mercantil y se ha dado de alta en el régimen de la seguridad social de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
¿Qué es la tarifa plana de autónomos?
Se trata de una bonificación establecida la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo. El artículo 31 de esta Ley regula los beneficios en la cotización a la Seguridad Social aplicables a los trabajadores por cuenta propia o autónomos que se den de alta inicial (o no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores) en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
En caso que hubiesen optado por cotizar por la base mínima, podrán beneficiarse de una reducción en la cotización por contingencias comunes durante los 12 primeros meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, que consistirá en una cuota única mensual de 60€.
Con posterioridad al primer año podrían aplicarse las siguientes bonificaciones:
- Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes.
- Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes con la posibilidad de otra reducción del 30% de la cuota durante otros 3 meses más.
¿Quién puede reclamar?
Todos los autónomos societarios que cumplan estos requisitos:
- Haberse dado de alta como autónomo societario desde el mes de septiembre del 2016.
- Llevar más de dos años sin darse de alta en el RETA antes de ser autónomo societario.
¿Por qué puedo reclamar ahora?
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 4 de marzo del 2020 falló a favor de los autónomos societarios en el sentido de que éstos tienen derecho a gozar de las bonificaciones de la tarifa plana con carácter retroactivo al igual que el resto de trabajadores autónomos.
¿Contra quién tendría que reclamar?
La reclamación la iniciaremos en vía administrativa contra la Tesorería General de la Seguridad Social. Posteriormente, en caso de no obtener un resultado favorable, acudiríamos a la vía judicial dado que los Tribunales ya se han pronunciado favorablemente en este tipo de reclamaciones.
¿Cuánto puedo reclamar?
Depende del caso concreto porque varía según la base de cotización, pero es probable que consigas recuperar una media de 4.000 €.
Si cumples los requisitos, ponte en contacto con nosotros y te informaremos de los pasos a seguir. En Laterna Abogados somos abogados especialistas en laboral y seguridad social.